Viajes sostenibles con guías bilingües 
 
Guías de montaña y cultura

CONDICIONES DE CONTRATACIÓN

TÉRMINOS Y CONDICIONES
Marco legal aplicable al contrato de viaje combinado y aceptación de las Condiciones Generales.
1. Legislación aplicable
Las presentes Condiciones Generales están sujetas a lo dispuesto en el texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y otras leyes complementarias, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/2007, de 16 de noviembre, modificado por el Real Decreto Ley 23/2018 de 21 de diciembre, la Ley 7/1998, de 13 de abril, sobre Condiciones generales de la Contratación, y Decreto 13/2011 de 25 de febrero, por el que se establece las disposiciones generales necesarias para facilitar la libertad de establecimiento y prestación de servicios turísticos, la regulación de la declaración responsable, y la simplificación de los procedimientos administrativos en materia turística y Decreto 6/2013, de 8 de febrero, de medidas de simplificación de los procedimientos administrativos.
Las presentes Condiciones Generales se incorporarán firmadas por las partes contratantes, en signo de conocimiento y aceptación por parte del consumidor de todas y cada una de estas condiciones, a todos los contratos de viajes, cuyo objeto sean los programas/ofertas contenidas en el programa/folleto, y obligan a las partes, con las condiciones particulares que se pacten en el contrato o que consten en la documentación del viaje facilitada simultáneamente a la suscripción del contrato.
Las presentes Condiciones Generales se aplicarán a aquellos servicios del mismo prevista en el Art. 151.1.a) del Real Decreto Legislativo 1/2007 antes citado.
2. ORGANIZACIÓN
La organización de los viajes combinados ha sido realizada por ENRUTA.EU, Agencia de Viajes, Mayorista/Minorista, con C.I.F.  X1440055W, con domicilio Calle Francisco de Goya,18 28810 Los Hueros /MADRDID y número de registro licencia de Agencia de Viajes C.I.AN (en constitución). Cuando el viaje contratado por el cliente tuviera un organizador distinto, los datos del mismo se indicarán en el BONO/CONTRATO de viaje que se facilita al viajero en el momento de la suscripción del mismo.
3. SOLICITUD Y CONFIRMACIÓN DE LA RESERVA
3.1. Información precontractual
Antes de que el viajero quede obligado por cualquier contrato de viaje combinado u oferta correspondiente, la agencia organizadora o, en su caso, la agencia minorista, entregarán al viajero el formulario de información normalizada para los contratos de viaje combinado, así como el resto de características e información del viaje de acuerdo con lo establecido en la legislación vigente. Dicha información precontractual formará parte integrante del contrato de viajes combinado en caso que se formalice y confirme la reserva por el viajero.
3.2. Solicitud de reserva
Tras una solicitud, la agencia detallista o, en su caso, la agencia organizadora, se compromete a realizar las gestiones oportunas para obtener la confirmación de la reserva con arreglo al número de plazas disponibles y al período para el que se ha solicitado. En el momento de la solicitud de la reserva, la agencia podrá requerir un anticipo que en ningún caso será superior al 20% del importe total del viaje, expidiendo el correspondiente recibo en el que se especifique, además del importe anticipado por el viajero, el viaje combinado solicitado. El importe restante deberá abonarse al menos cuarenta días antes de la fecha de salida. De no procederse al pago del precio total del viaje en las condiciones señaladas, se entenderá que el viajero desiste del viaje solicitado, siéndole de aplicación las condiciones previstas en el apartado correspondiente. Si se confirma la reserva, la suma entregada se imputará al precio del viaje. Si el viajero retira su solicitud de reserva antes de la confirmación, se le reintegrará la suma depositada, deducidos, en su caso, los gastos de gestión que se hubiesen producidos.
3.3. Viajes a medida
Si el viajero solicita la elaboración de un viaje combinado a medida, la agencia podrá exigir el abono de una cantidad para la confección del proyecto. Si el viajero acepta la oferta de viaje combinado elaborada por la agencia, y ésta puede confirmarle los servicios que comprende, la suma entregada se imputará al precio del viaje. Siempre que no pueda confirmarlos, la agencia deberá devolver las cantidades entregadas por el viajero.
3.4. Propuestas alternativas
En todos los supuestos anteriores, si la agencia no puede ofrecer el viaje solicitado y ofrece al viajero la realización de un viaje análogo u otro distinto, salvo que se indique expresamente lo contrario, se entenderá que mantiene esa oferta durante 24 horas. En estos casos, el contrato se perfeccionará si el viajero acepta la oferta dentro de ese plazo o del que expresamente se haya establecido.
3.5. Confirmación de la reserva
La perfección del contrato de viaje combinado se produce con la confirmación de la reserva. Desde ese instante el contrato de viaje combinado y resto de documentación es de obligado cumplimiento para ambas partes.
4. PRECIO
4.1 Incluido
El precio del viaje incluye todo aquello especificado en el apartado “incluye” de la Ficha Técnica del viaje y el IVA vigente en los casos que ha de ser aplicado.
4.2. Ofertas especiales
Cuando se realice la contratación del viaje combinado como consecuencia de ofertas especiales, de última hora o equivalentes, a precio distinto del expresado en el programa/folleto, los servicios comprendidos en el precio son únicamente aquellos que se especifican detalladamente en la oferta, aun cuando, dicha oferta haga referencia a alguno de los programas descritos en este folleto, siempre que dicha remisión se realice a los exclusivos efectos de información general del destino.
4.3 No incluido
El precio del Viaje Combinado NO incluye: visados, tasas de aeropuerto, y/o tasas de entrada y salida, certificados de vacunación, “extras” tales como cafés, vinos, licores, aguas minerales, regímenes alimenticios especiales -ni siquiera en los supuestos de pensión completa o media pensión, salvo que expresamente se pacte en el contrato en otro sentido-, lavado y planchado de ropa, servicios de hotel opcionales, y, en general, cualquier otro servicio que no figure expresamente en el apartado “El precio del viaje combinado incluye” o no conste específicamente detallado en el programa/oferta, en el contrato o en la documentación que se entrega al viajero al suscribirlo. Propinas: dentro del precio de los viajes combinados no están incluidas las propinas. Excursiones o visitas facultativas: En el caso de excursiones o visitas facultativas no contratadas en origen, debe tenerse presente que no forman parte del contrato de viaje combinado y se rigen por sus propios términos y condiciones.
5. REVISIÓN DE PRECIOS
5.1 Base de cálculo
El precio del viaje combinado ha sido calculado en base a los tipos de cambio, tarifas de transporte, coste del carburante y tasas e impuestos aplicables en la fecha de edición del programa/folleto o de las condiciones posteriores que, en su caso, se hayan hecho públicas de forma impresa. Cualquier variación del precio de los citados elementos podrá dar lugar a la revisión del precio final del viaje, tanto al alza como a la baja, en los importes estrictos de las variaciones del precio aludidas. Estas modificaciones serán notificadas al viajero por escrito o por cualquier medio que permita tener constancia de la comunicación efectuada, pudiendo éste, cuando la modificación efectuada sea significativa, desistir del viaje, sin penalización alguna, o aceptar la modificación del contrato.
5.2 Revisión de precios
La agencia sólo podrá revisar el precio, al alza o a la baja, siempre que dicha revisión se produzca antes de los 20 días previos a la salida y que no sea significativa, es decir, superior al 8% del precio total del viaje. Además, dicha revisión sólo se podrá llevar a cabo para ajustar el importe del precio del viaje a las variaciones: (a) De los tipos de cambio de divisa aplicados al viaje organizado, (b) Del precio de los transportes comprendidos en el viaje, incluido el coste del carburante, (c) De las tasas e impuestos relativos a determinados servicios, como tasas de aeropuerto, embarque, desembarque y similares incluidas en el precio. Si la revisión del precio supone un aumento superior al 8% del precio del viaje, la agencia lo pondrá inmediatamente en conocimiento del viajero, quien podrá resolver el contrato. El viajero deberá comunicar la decisión que adopte a la agencia dentro de los tres días siguientes al que se le notifique la modificación. Si el viajero no comunica su decisión en el plazo indicado, se entenderá que opta por la resolución del contrato.
6. FORMA DE PAGO
Inscripciones y reembolsos. En el acto de la inscripción, la Agencia podrá requerir un anticipo, expidiendo el correspondiente recibo en el que se especifique, además del importe anticipado por el viajero, el viaje combinado solicitado. El importe restante deberá abonarse al menos 14 días de antelación a las fecha de la salida.
De no procederse al pago del precio total del viaje en las condiciones señaladas, se entenderá que el viajero desiste del viaje solicitado, siéndole de aplicación las condiciones previstas en el apartado siguiente.
La aceptación de reservas por parte del Organizador estará subordinada a la disponibilidad de plazas y se entiende cumplimentada, con la consiguiente conclusión del contrato, en el momento de la confirmación del Organizador. Las primas de seguros y los gastos de gestión por modificación o cesión de reservas, en su caso, no son reembolsables.
En el supuesto de que antes de la celebración del contrato el Organizador se vea imposibilitado de prestar alguno de los servicios solicitados por el cliente deberá ser comunicado a través de la Agencia Minorista al viajero, el cual podrá renunciar a su solicitud, recuperando exclusivamente las cantidades anticipadas si las hubiese.
Los precios de los viajes en grupo están calculados con un mínimo de personas viajando juntas; en caso de no alcanzarse el mínimo que consta en la ficha técnica correspondiente, tendrá lugar una alteración del precio o anulación del viaje. Cualquiera de las opciones deberá ser comunicada a los viajeros con un mínimo de veinte días de antelación.
Además, se detallarán tanto en la ficha técnica correspondiente como en el contrato de viaje combinado el suplemento por ocupación que formará parte adicional del precio. En este caso, se notificará a los participantes de la aplicación de estos suplementos con un mínimo de veinte días antes de la salida.
Todos los reembolsos que sean procedentes por cualquier concepto, se formalizarán siempre a través de la Agencia Detallista donde se hubiera realizado la inscripción, no efectuándose devolución alguna por servicios no utilizados voluntariamente por el viajero.
7. CANCELACIÓN, MODIFICACIÓN Y DESISTIMIENTO
ENRUTA.EU se reserva el derecho a cancelar las reservas efectuadas por el Usuario en caso de incumplir las condiciones o haber aportado datos falsos.
El cliente podrá cancelar el viaje antes del inicio notificando lo antes posible a la agencia. Una vez recibida esta notificación, se le proporcionará en un plazo razonable, justificación de su liquidación para lo cual usted autoriza desde este momento a la agencia organizadora y minorista a detraer de las cantidades entregadas y que deben ser objeto de reembolso el importe correspondiente a las penalizaciones, gastos de anulación y gestión correspondientes.
Queremos ser lo más flexibles posible. Por eso, ante un imprevisto haremos lo posible para cambiar las fechas del viaje sin coste para viajar dentro del mismo año. Y en caso de querer cancelar el viaje antes de la fecha de inicio, se aplicarán los siguientes gastos de gestión:
• con más de 30 días, los gastos de gestión serán el 20% del importe del viaje.
• entre 30 y 15 días, los gastos de gestión serán el 50% del importe del viaje
• entre 14 días y 24 horas antes del inicio del viaje, el gastos a abonar serán el 75% del importe del viaje.
Si el viajero no se presenta al viaje, el importe a abonar será el 100 % del importe del viaje
Para tener más flexibilidad, recomendamos contratar un seguro de viaje, asistencia, RC y anulación.
Los cambios en las fechas, alojamientos y otros servicios de los viajes que quiera realizar el cliente después de la reserva podrían tener un incremento de precios del viaje, aunque ENRUTA.EU hará lo posible por gestionar los cambios de la forma más económica posible.
8. ALTERACIONES
La Agencia se compromete a facilitar a sus clientes la totalidad de los servicios contratados contenidos en el programa/oferta que ha dado origen al contrato de viaje combinado, con las condiciones y características estipuladas, todo ello de acuerdo a los siguientes extremos:
a) Si antes de la salida, el Organizador se ve obligado a modificar de manera significativa algún elemento esencial del contrato, deberá ponerlo inmediatamente en conocimiento del viajero, bien directamente, cuando actúe también como detallista, bien a través del respectivo detallista en los demás casos. En tal supuesto, y salvo que las partes convengan otra cosa, el viajero podrá optar entre resolver el contrato sin penalización alguna o aceptar una modificación del contrato en el que se precisen las variaciones introducidas y su repercusión en el precio. El viajero deberá comunicar la decisión que adopte al Detallista o, en su caso, al Organizador dentro de los tres días siguientes a ser notificado de la modificación a que se refiere el apartado (a). En el caso de que el viajero no notifique su decisión en los términos indicados, se entenderá que opta por la resolución del contrato sin penalización alguna.
b) En el caso que el viajero opte por resolver el contrato, al amparo de lo previsto en el apartado a) o de que el Organizador cancele el viaje combinado antes de la fecha de salida acordada, por cualquier motivo distinto a los alegados en los puntos 7.4 y 7.5 y que no sean imputables al viajero, éste tendrá derecho, desde el momento en que se produzca la resolución del contrato, al reembolso de todas las cantidades pagadas, con arreglo al mismo, o bien a la realización de otro viaje combinado de calidad equivalente o superior, siempre que el Organizador o Detallista pueda proponérselo. En el supuesto de que el viaje ofrecido fuera de calidad inferior, el Organizador o el Detallista deberán reembolsar al viajero, cuando proceda, en función de las cantidades ya desembolsadas, la diferencia del precio, con arreglo al contrato.
c) En los anteriores supuestos, el Organizador y el Detallista serán responsables del pago al viajero de la indemnización que, en su caso corresponda por incumplimiento del contrato, que será del 5% del precio total del viaje contratado, si el citado incumplimiento se produce entre los treinta días y quince días inmediatamente anteriores a la fecha prevista de realización del viaje; del 10% si se produce entre los quince días y tres días anteriores, y el 25% en el supuesto de que el incumplimiento citado se produzca en las cuarenta y ocho horas anteriores.
d) En el caso de que, después de la salida del viaje, el Organizador no suministre o compruebe que no puede suministrar una parte importante de los servicios previstos en el contrato, adoptará las soluciones adecuadas para la continuación del viaje organizado, sin suplemento alguno de precio para el viajero, y, en su caso, abonará a éste último el importe de las diferencias entre las prestaciones previstas y las suministradas. Si el viajero continúa el viaje con las soluciones dadas por el Organizador, se considerará que acepta tácitamente dichas propuestas.
e) Si las soluciones adoptadas por el Organizador fueran inviables o el viajero no las aceptase por motivos razonables, aquél deberá facilitar a éste, sin suplemento alguno de precio, un medio de transporte equivalente al utilizado en el viaje para regresar al lugar de salida o a cualquier otro que ambos hayan convenido, sin perjuicio de la indemnización que en su caso proceda.
f) En ningún caso, todo aquello no incluido en el contrato de viajes combinados (como, por ejemplo, billetes de transporte desde el lugar de origen del pasajero hasta el lugar de salida del viaje, o viceversa, reservas de hotel en días previos o posteriores al viaje, etc.) será responsabilidad del Organizador, no existiendo obligación de indemnizar por esos posibles gastos de servicios independientes en caso de que el viaje se cancele.
g) Si los traslados/asistencias del hotel - aeropuerto o viceversa u otros similares, incluidos en la oferta, no se cumpliesen, fundamentalmente por causas ajenas al transferista y no imputables al Organizador, éste reembolsará únicamente el importe del transporte alternativo utilizado por el cliente en el desplazamiento, previa presentación del recibo o factura correspondiente.
9. OBLIGACIÓN DEL VIAJERO DE COMUNICAR TODO INCUMPLIMIENTO EN LA EJECUCIÓN DEL CONTRATO
El viajero podrá enviar mensajes, peticiones o quejas en relación con la ejecución del viaje combinado directamente al minorista a través del cual fue adquirido. El minorista transmitirá dichos mensajes, peticiones o quejas al organizador sin demora indebida. A efectos del cumplimiento de los términos o plazos de prescripción, el acuse de recibo por el minorista de los mensajes, peticiones o quejas se considerará acuse de recibo por el organizador.
El viajero deberá informar al organizador o, en su caso, al minorista sin demora indebida, teniendo en cuenta las circunstancias de cada caso, de cualquier falta de conformidad que observe durante la ejecución de un servicio de viaje incluido en el contrato. Una vez comunicada, el organizador y/o detallista deberá/n obrar con la diligencia debida para hallar soluciones adecuadas.
El viajero deberá atenerse a las indicaciones que les facilite la agencia para la adecuada ejecución del viaje, así como a las reglamentaciones que son de general aplicación a los usuarios de los servicios comprendidos en el viaje combinado. En particular, en los viajes en grupo guardará el debido respeto a los demás participantes y observará una conducta que no perjudique el normal desarrollo del viaje.
La infracción grave de estos deberes faculta a la agencia para resolver el contrato de viaje combinado. En este caso, si el contrato incluye el viaje de regreso, la agencia proporcionará al viajero un medio de transporte equivalente al contratado en el viaje para regresar al lugar de salida o a cualquier otro que ambos hayan convenido. La agencia tendrá derecho además a la indemnización que proceda por los daños imputables a la conducta del viajero. En el caso que las soluciones propuestas no sean satisfactorias para el viajero, éste dispondrá del plazo de treinta días, a contar desde el día en que finalizó el viaje, para reclamar ante la Agencia Detallista, o ante el Organizador a través de aquella.
10. VIAJES DE AVENTURA, SENDERISMO, MONTAÑA, EXPEDICIONES, TREKKING Y OBSERVACIÓN DE NATURALEZA
ENRUTA.EU ofrece viajes alternativos a las rutas turísticas tradicionales, que están en contacto con la naturaleza, además de la práctica de deportes de aventura y naturaleza. Así, el viaje que se contrata tiene unas características específicas que suponen, un mayor riesgo físico del habitual, que el consumidor que contrata es plenamente consciente, asumiendo la responsabilidad que de ello se deriva, y declarando expresamente que el riesgo es precisamente una de las principales causas que propicia su contratación.
ENRUTA.EU se reserva el derecho de modificar la ruta o itinerario siempre con el objeto de garantizar la seguridad del conjunto del grupo o individuos, por razones climatológicas o de acontecimientos imprevistos, y se reserva el derecho a dar por terminada, en cualquier momento, la participación de cualquier persona, cuyo comportamiento pueda derivar peligrosidad para la seguridad del grupo, lo cual no dará derecho a reembolso alguno.
Cada participante deberá actuar conforme a las elementales reglas de prudencia y sentido común, obedeciendo en todo momento las indicaciones dadas por el/la guía.
- Los viajeros clientes saben y asumen que, por el mero hecho de realizarse las actividades en la naturaleza, no pueden estar exentas de cierto riesgo e imprevistos, y para ello deberán cumplir las siguientes normas:
- Atender y respetar las indicaciones de los guías en todo momento y colaborar en equipo siempre.
- Es obligatorio hallarse en las condiciones psico-físicas adecuadas para la práctica de las actividades deportivas al aire libre, debiendo indicar en el momento de la reserva cualquier anomalía que pudieran sufrir antes de iniciar la actividad.
- La organización declina cualquier responsabilidad de los accidentes ocurridos fuera de las actividades programadas o guiadas, entendiendo como tales las actividades puramente deportivas.
- En los casos de abandonar la disciplina del grupo, o las indicaciones y decisiones del /de la  guía dentro de las actividades deportivas, como abandonar el itinerario indicado, actuar irresponsablemente hacia su seguridad, no ser respetuoso con los demás participantes y el entorno etc.. la organización queda completamente exenta de responsabilidad alguna.
- Es obligatorio leer, conocer y respetar los NIVELES de DIFICULTAD, que se han propuesto en las actividades deportivas del pro grama de viaje. En caso de no estar adecuado a esta nivelación indicada se declina cualquier tipo de responsabilidad.
- Respetar los RITMOS DE MARCHA en grupo: Será el/la guía quien determine el ritmo adecuado atendiendo al perfil del grupo y al nivel de dificultad a realizar. No sobrepasar al/a la guía ni quedarse atrás. No abandonar el grupo sin avisar antes al/ a la guía.
- La infracción de estas normas dará pie a la expulsión del viajero de la actividad correspondiente.
10.1 ROPA ADECUADA
El calzado deportivo de montaña es obligatorio en todas las rutas sin excepción por razones de seguridad. También será necesario un equipo básico de senderismo, formado por tu mochila con ropa impermeable, agua y comida, y mejor aún, pequeño botiquín, mapas de la zona y nuestra ficha técnica del viaje. También se recomienda uso de bastones, ropa de abrigo técnica, crema solar, gorra, gafas de sol etc. Recomendamos llevar calzado y ropa de recambio. La infracción de estas normas dará pie a la expulsión del viajero de la actividad correspondiente.
10.2 COMIDA
Lo habitual es comer durante la misma ruta de senderismo y será por su cuenta, si no se incluye expresamente en el contrato. Así, cada senderista deberá llevar preparada su comida para comer en el campo. Para ello se realiza una parada antes de comenzar a andar para comprar lo necesario.
10.3 GUIAS
Es de obligado cumplimiento atender y obedecer las instrucciones de los/las guías por muchos factores, cada senderista enfoca de forma subjetiva los ritmos de marcha, la dificultad de la ruta, la climatología o el aspecto deportivo o no del senderismo. El viajero debe comportarse en todo momento de acuerdo con la buena educación con respecto al grupo, y a los lugares visitados, quedando expresamente prohibido cualquier falta de respeto, consideración o comportamiento inadecuado. La infracción de estas normas dará pie a la expulsión del viajero de la actividad correspondiente.
10.4 CLIMATOLOGIA
En casos de climatología adversa que afecte a la seguridad se podría suspender una ruta y a criterio del /de la guía una vez consultado con el grupo. De forma previa al viaje no se suspenderán los viajes o rutas por condiciones climatológicas adversas ni tendrá lugar a reclamación o indemnización por estos motivos en caso de cancelar la reserva por esta causa.
10.5 CONDICIONES FÍSICAS/PSÍQUICAS IDÓNEAS
El consumidor/viajero tiene la obligación de comunicar al organizador, en el momento de la solicitud de la reserva, las eventuales enfermedades o discapacidades, físicas o psíquicas, que puedan exigir formas de asistencia o cuidados especiales. No se acepta ninguna reserva para usuarios cuyas condiciones físicas o psíquicas hagan que su participación sea imposible o peligrosa para ellos mismos o para los demás, o que exijan tipos de cuidados o asistencia que no se pueda garantizar. La infracción de estas normas dará pie a la expulsión del viajero de la actividad correspondiente.
10.6 FALTAS DE RESPETO Y/O CONSIDERACIÓN. DERECHO DE ADMISIÓN A LOS VIAJES
ENRUTA.EU se reserva el derecho de aceptar nuevas reservas y participaciones de quienes hayan perturbado, y/o sido expulsados anteriormente de algún grupo organizado de ENRUTA.EU en el que hayan participado, sea por su mal comportamiento, o por su falta de colaboración, respeto y/o consideración hacia el resto de integrantes del grupo, y/o frente a los/las guías y/o lugares de visita.
El/la guía queda facultado a fin de recoger los testimonios correspondientes del resto de integrantes del grupo, y/o encargados de lugares a visitar a fin de corroborar dichos comportamientos con los efectos de una posible expulsión del grupo, y/o reservar el derecho de admisión en futuras excursiones y/o viajes a contratar por los revoltosos y/o que falten a la educación y respeto al grupo y lugares visitados.
De igual manera, se denegará la reserva en los siguientes viajes a quienes:
1º.- Falten al respeto a los compañeros de viaje, guías o conductores, y resto de prestatarios de viaje, como empleados de recepción de hoteles, camareros, etc.
2º.- Actúen de forma violenta o agresiva (verbal o físicamente)
3º.- Faltas reiteradas de puntualidad
4º.- Impago de gastos particulares o sustracción de objetos en hoteles y restaurantes.
5.- Falta evidente de higiene o abandono de basura en el medio natural o urbano.
6º.- Portar armas u objetos asimilables
7º.- Ostentar ropas o símbolos que inciten a la violencia, racismo o xenofobia.
8º.- Muestren síntomas de embriaguez o consumo de drogas o sustancias estupefacientes.
9º.- Falta de acatamiento a las instrucciones de los guías de montaña, poniendo en peligro su propia seguridad y la del grupo.
La infracción de estas normas dará pie a la expulsión del viajero de la actividad correspondiente y la denegación de plaza para futuras excursiones.
11. RESPONSABILIDAD
11.1. General
Los Organizadores y Detallistas responderán de los daños sufridos por el viajero como consecuencia de la falta de ejecución o ejecución deficiente del contrato. Dicha responsabilidad cesará cuando concurra alguna de las siguientes circunstancias:
(1) Que los defectos observados en la ejecución del contrato sean imputables al viajero. (2) Que dichos defectos sean imputables a un tercero ajeno al suministro de las prestaciones previstas en el contrato y revistan un carácter imprevisible o insuperable. (3) Que los defectos aludidos se deban a circunstancias inevitables y extraordinarias que provocasen una situación fuera del control de la parte que alega ésta situación y cuyas consecuencias no habrían podido evitarse, incluso si se hubieran adoptado todas las medidas razonables. (4) Que los defectos se deban a un acontecimiento que el Detallista o, en su caso, el Organizador, a pesar de haber puesto toda la diligencia necesaria, no podía prever ni superar.
No obstante, en los supuestos de exclusión de responsabilidad por darse alguna de las circunstancias previstas en los números 2, 3 y 4 el Organizador y el Detallista que sean partes en el contrato de viajes combinado estarán obligados a prestar la necesaria asistencia al viajero que se encuentre en dificultades.
11.2. Responsabilidad por errores en la reserva
La empresa será responsable de los errores debidos a defectos técnicos que se produzcan en el sistema de reservas que le sean atribuibles, así como de los errores cometidos durante el proceso de reserva, cuando el empresario haya aceptado gestionar la reserva de un viaje combinado. El empresario no será responsable de los errores de reserva atribuibles al viajero o causados por circunstancias inevitables y extraordinarias
11.3 Límites del resarcimiento por daños
En cuanto al límite del resarcimiento por los daños que resulten del incumplimiento o de la mala ejecución de las prestaciones incluidas en el viaje combinado se estará a lo dispuesto en la normativa vigente que resulte de aplicación sobre la materia. Por lo que se refiere a los daños que no sean corporales, estos deberán ser siempre acreditados por el viajero.
11.4 Deber de asistencia de la agencia
La agencia organizadora, y en su caso, la detallista, estarán obligadas a proporcionar asistencia adecuada y sin demora indebida al viajero en dificultades, especialmente en circunstancias inevitables y extraordinarias, mediante:
a) el suministro de información adecuada sobre los servicios sanitarios, las autoridades locales y la asistencia consular
b) la asistencia al viajero para establecer comunicaciones a distancia y la ayuda para encontrar fórmulas de viaje alternativas.
El organizador y, en su caso, el minorista podrán facturar un recargo razonable por dicha asistencia si la dificultad se ha originado intencionadamente o por negligencia del viajero. Dicho recargo no superará en ningún caso los costes reales en los que haya incurrido el organizador o el minorista
En casos que no se pueda garantizar el retorno del viajero según lo previsto en el contrato debido a circunstancias inevitables y extraordinarias, la agencia organizadora y/o el detallista asumirán el coste del alojamiento que sea necesario, de ser posible de categoría equivalente, por un periodo no superior a tres noches por viajero. Dicha limitación no será aplicable a las personas con discapacidad o movilidad reducida ni a sus acompañantes, a mujeres embarazadas, a menores no acompañados, ni tampoco a las personas con necesidad de asistencia médica específica.
La organización no se hace responsable durante el recorrido de un viaje, trekking, campamento o expedición de los malestares físicos producidos por la altura, cambios de clima o necesidades de cruzar puentes, ríos o pasos difíciles.
Cuando el viaje se efectúe por cualquier medio de transporte terrestre contratado por la Agencia Organizadores directa o indirectamente, en caso de accidente, cualquiera que sea el país donde se produzca, el viajero habrá de presentar la pertinente reclamación contra la entidad transportista a fin de salvaguardar, en su caso, la indemnización del seguro de ésta, siendo auxiliado y asesorado gratuitamente en sus gestiones por la Agencia Organizadora.
11.5 Responsabilidad de las aerolíneas
El pasajero portador de su correspondiente billete aéreo podrá exigir directamente a la aerolínea que le transporta, el cumplimiento de sus obligaciones en el supuesto de “overbooking”, graves retrasos, pérdida de equipaje, etc., de acuerdo con la normativa comunitaria de aplicación.
11.6 Exclusiones: Las reglas de responsabilidad contractual del viaje combinado no son aplicables a prestaciones como la realización de excursiones, la asistencia a eventos deportivos o culturales, las visitas a exposiciones o museos, u otras análogas, que no se hallan incluidas en el precio global del viaje combinado y que el viajero contrata con carácter facultativo con ocasión del mismo o durante su transcurso. En estos casos, la agencia deberá indicar al viajero el carácter facultativo de la prestación y que no forma parte del viaje combinado. Si la agencia interviene en la contratación de esas prestaciones responderá de acuerdo con las reglas específicas del contrato que realice.
12. DELIMITACIÓN DE LOS SERVICIOS DEL VIAJE COMBINADO
12.1. Viajes en avión
Presentación en el aeropuerto. En los viajes de avión, la presentación en el aeropuerto se efectuará con un mínimo de antelación de hora y media sobre el horario oficial de salida, y en todo caso se seguirán estrictamente las recomendaciones específicas que indique la documentación del viaje facilitada al suscribir el contrato. En la contratación de servicios aéreos independientes o sueltos, se recomienda que el cliente reconfirme con cuarenta y ocho horas de antelación los horarios de salida de los vuelos. Los billetes, salvo que se disponga otra cosa en el contrato, se emitirán en formato de billete electrónico.
12.2. Alojamientos
La calidad y contenido de los servicios prestados por el hotel vendrá determinada por la categoría turística oficial, si la hubiere, asignada por el órgano competente de su país. En caso de no haberla, la categoría de los hoteles se realiza en estrellas sobre la base de criterios comunes al sector hotelero en base a sus servicios e instalaciones, y con mero carácter orientativo. Dada la vigente legislación al respecto, que establece sólo la existencia de habitaciones individuales y dobles permitiendo que en alguna de estas últimas pueda habilitarse una tercera cama, se estimará siempre que la utilización de la tercera cama se hace con el conocimiento y consentimiento de las personas que ocupan la habitación, y así figurará reflejada la habitación como triple en todos los impresos de reservas facilitados al viajero al abonar el anticipo, en el contrato y los billetes y/o documentación del viaje que se entrega simultáneamente a la firma del mismo. Igualmente en los casos de habitaciones dobles para uso de hasta cuatro personas, con dos camas, cuando así se especifique en la oferta del programa/folleto. Servicios Complementarios: cuando los usuarios soliciten servicios suplementarios (por ejemplo habitación vista al mar, etc.) que no les puedan ser confirmados definitivamente por la Agencia Organizadora, antes del inicio del viaje, el usuario podrá optar por desistir definitivamente del servicio suplementario solicitado o mantener su solicitud a la espera de que tales servicios puedan finalmente serle prestados. En el supuesto de que las partes hubieran convenido el pago previo del precio de los servicios suplementarios que finalmente no le puedan ser prestados al viajero y usuario, el importe abonado le será reembolsado por la Agencia Detallista inmediatamente al regreso del viaje.
12.3. Circuitos
En los circuitos comprendidos en el programa/ folleto, el servicio de alojamiento se prestará en alguno de los establecimientos relacionados en el programa/folleto o en otro igual categoría y zona; el itinerario del circuito podrá ser desarrollado según alguna de las opciones descritas asimismo en el programa/oferta. En los casos anteriores, si el viajero acepta dicha fórmula previamente a la celebración del contrato, dicha indefinición no supondrá modificación del mismo.
En los circuitos, los autocares pueden variar en sus características en función del número de participantes. Si en alguna salida no se llega a un número suficiente de viajeros, es posible que utilice un minibús, monovolumen o similar, que, salvo indicación expresa en contrato, no tienen los asientos reclinables. Asimismo, en la descripción de cada circuito está indicado si el autocar posee o no aire acondicionado, entendiéndose que no lo tiene si nada se indica. El transporte en los parques naturales para la realización de safaris fotográficos se efectúa en vehículos de escasa capacidad o todo-terreno característicos de cada país. En todos los casos anteriores el diseño, estructura, confort y seguridad del vehículo de transporte puede no adaptarse a las normas y estándares españoles, sino a los que son propios del país de destino del viaje.
12.4. Condiciones económicas especiales para niños
Se recomienda consultar siempre el alcance de las condiciones especiales que existan y que en cada momento serán objeto de información concreta y detallada.
13. PASAPORTES, VISADOS Y DOCUMENTACIÓN
La agencia tiene el deber de informar sobre las formalidades sanitarias necesarias para el viaje y la estancia, así como sobre las condiciones aplicables a los ciudadanos de la Unión Europea en materia de pasaportes y de visados y responderá de la corrección de la información que facilite. El viajero deberá obtener la documentación necesaria para realizar el viaje, incluido el pasaporte y los visados y la referida a las formalidades sanitarias. Todos los daños que puedan derivarse de la falta de esa documentación serán de su cuenta, y en particular, los gastos producidos por la interrupción del viaje y su eventual repatriación. Si la agencia acepta el encargo del viajero de tramitar los visados necesarios para alguno de los destinos previstos en el itinerario, podrá exigir el cobro del coste del visado así como de los gastos de gestión por los trámites que deba realizar ante la representación diplomática o consular correspondiente. En este caso, la agencia responderá de los daños que le sean imputables de acuerdo con la diligencia normalmente exigible por los retrasos en la obtención de la documentación necesaria o por falta o insuficiencia de la misma. Todos los daños que puedan derivarse de la falta de esa documentación serán de su cuenta, y en particular, los gastos producidos por la interrupción del viaje y su eventual repatriación.
Por lo tanto, todos los usuarios, sin excepción (niños incluidos), deberán llevar en regla su documentación personal y familiar correspondiente, sea el pasaporte o D.N.I., según las leyes del país o países que se visitan. Será por cuenta de los mismos cuando los viajes así lo requieran la obtención de visados, pasaportes, certificados de vacunación, etc. Caso de ser rechazada por alguna autoridad la concesión de visados, por causas particulares del usuario, o ser denegada su entrada en el país por carecer de los requisitos que se exigen, por defecto en la documentación exigida, o por no ser portador de la misma, la Agencia Organizadora declina toda responsabilidad por hechos de esta índole, siendo por cuenta del viajero cualquier gasto que se origine, aplicándose en estas circunstancias las condiciones y normas establecidas para los supuestos de desistimiento voluntario de servicios. Se recuerda igualmente a todos los viajeros, y en especial a los que posean nacionalidad distinta a la española, que deben asegurarse, antes de iniciar el viaje, de tener cumplidas todas las normas y requisitos aplicables en materia de visados a fin de poder entrar sin problemas en todos los países que vayan a visitarse. Los menores de 18 años deben llevar un permiso escrito firmado por sus padres o tutores, en previsión de que el mismo pueda ser solicitado por cualquier autoridad.
En caso de extravío de la documentación de viaje por parte del cliente, que ocasione perdidas de servicios, la Agencia Organizadora no se hará cargo de los gastos ocasionados por una nueva reserva y/o emisión de la misma.
14. SISTEMA DE RECLAMACION, RENUNCIA A LA CLÁUSULA ARBITRAL Y SOMETIMIENTO A LOS TRIBUNALES ORDINARIOS
Sin perjuicio de las acciones legales que le asisten, el viajero podrá efectuar por escrito reclamaciones por la no ejecución o la ejecución deficiente del contrato ante la agencia detallista en el plazo máximo de 30 días, a contar desde aquel en el que debía finalizar el viaje. En el plazo máximo de otros 30 días, la agencia organizadora o la agencia detallista, en función de sus obligaciones deberán contestar por escrito las reclamaciones formuladas dentro de plazo. El Organizador manifiesta expresamente su renuncia a someterse a los Tribunales de Arbitraje por cualquier cuestión proveniente de la existencia de este contrato. Al no estar sometido a arbitraje de consumo, el viajero podrá reclamar en vía judicial.
15. PRESCRIPCIÓN DE ACCIONES
No obstante lo dispuesto en el apartado precedente, el plazo de prescripción de las acciones derivadas de los derechos reconocidos en el texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y otras leyes complementarias, será de dos años, según queda establecido en el Artículo 164 del Real Decreto Legislativo 1/2007.
16. INFORMACIÓN QUE LA AGENCIA DETALLISTA DEBE FACILITAR AL VIAJERO
Se informa al viajero que en el momento de la celebración del contrato deberá recibir de la Agencia Detallista la información pertinente sobre la documentación específica necesaria para el viaje elegido, así como asesoramiento sobre la suscripción facultativa de un seguro que le cubra de los gastos de cancelación y/o de un seguro de asistencia que cubra los gastos de repatriación en caso de accidente, enfermedad o fallecimiento, junto a otra serie de coberturas opcionales; e información de los riesgos probables implícitos al destino y al viaje contratado. A estos efectos se recomienda, no obstante, al viajero contacte con el Ministerio de Asuntos Exteriores cuya oficina de información proporciona recomendaciones específicas según destino a través de Internet (http://www.maec.es) o por cualquier otro medio. La Agencia Detallista proveerá igualmente al viajero de un ejemplar de las presentes Condiciones Generales, para su incorporación al contrato, así como adhesión y expresa aceptación por parte del viajero.
17. INFORMACIÓN COMPLEMENTARIA
17.1. Vuelos en conexión
Cuando no exista conexión desde la ciudad de origen del cliente a las de inicio del vuelo internacional, los gastos que origine la pernoctación correrán por cuenta del cliente.
17.2 Derecho de admisión/exclusión
La Agencia Organizadora se reserva el derecho de admisión y exclusión, si fuera necesario, a cualquier persona que por su actuación perturbadora pueda dificultar la buena marcha del viaje y la convivencia del grupo. El viajero exonera expresamente a la Agencia de cualquier responsabilidad, reclamación, contingencia u obligación en la que pueda incurrir personalmente y/o frente a terceros con motivo de eventuales, presuntos y/o probados incumplimientos de la legislación o normativa de cualquier índole vigente en el país de destino, manifestando a tal propósito, conocer su obligación a tal respecto y su voluntad firme y expresa de acatar y cumplir con la misma en todo su alcance. Igualmente se obliga a seguir las indicaciones de las personas responsables del grupo o guías, exonerando a la Agencia, en los mismos términos que el párrafo anterior, para el caso de incumplir total o parcialmente la presente obligación.
17.3 Equipajes
A todos los efectos y en cuanto al transporte terrestre se refiere, se entenderá que el equipaje y demás enseres personales del usuario los conserva consigo, cualquiera que sea la parte del vehículo en que vayan colocados, y que se transporta por cuenta y riesgo del usuario. Se recomienda a los usuarios que estén presentes en todas las manipulaciones de carga y descarga de los equipajes. En cuanto al transporte aéreo, ferroviario, marítimo o fluvial de equipajes, son de aplicación las condiciones de las compañías transportadoras, siendo el billete de pasaje el documento vinculante entre las citadas compañías y el pasajero. En el supuesto de sufrir algún daño o extravío el viajero deberá presentar, en el acto, la oportuna reclamación a la compañía de Transportes. La Agencia Organizadora se compromete a prestar la oportuna asistencia a los clientes que puedan verse afectados por alguna de estas circunstancias. Recomendamos al usuario y viajero que consulte con la propia compañía aérea la franquicia de equipaje permitida puesto que la misma difiere de una compañía a otra.
18. SEGUROS
Recomendamos al usuario y viajero que contrate un seguro de anulacion/cancelacion del viaje y asistencia en viaje.
Asimismo, ENRUTA.EU tanto como organizador, y en su caso como detallista, tiene suscrito un
Seguro de Caución con número de póliza 024S00188CAV  en garantía de protección frente a la insolvencia con la entidad garante Markel Insurance SE, Plaza Pablo Ruiz Picasso, 1, Planta 35, 28020 de Madrid
y un
Seguro de Responsabilidad Civil con número de póliza INNO000405 con la compañía Hiscox, S.A., Sucursal en España Calle Miguel Ángel, 11, 4ª planta 28010 Madrid .
19. TRATAMIENTO DE DATOS PERSONALES.
Con la adhesión a las presentes condiciones generales y mediante la firma del contrato de viaje combinado, presta Ud. Su consentimiento a que los datos personales que se proporcionen pasarán a formar parte de un fichero automatizado de datos de carácter personal, de cuyo tratamiento es responsable la entidad ENRUTA.EU. Las finalidades del citado fichero son gestionar adecuadamente la reserva y la adecuada prestación de los servicios contratados, así como la trasferencia internacional de tales datos a compañías organizadoras y prestatarias de los citados servicios, así como poder hacerle llegas información sobre productos, servicios, ofertas y promociones relativas tanto al programa como a acciones ligadas a la actividad de ENRUTA.EU en el ámbito del turismo, la hostelería, la restauración y los viajes. Sus datos sólo serán cedidos, única y exclusivamente a terceros que intervengan de forma necesaria en la prestación de servicios vinculados al objeto del viaje contratado y con idénticas finalidades a las anteriores, ellos con salvaguardia del deber de secreto y aplicación de las medidas de seguridad exigidas por la normativa en vigor. Véase también Protección de datos. Para ejercer los derechos reconocidos, el interesado podrá ponerse en contacto a través de la siguiente dirección de correo electrónico: info@ENRUTA.EU. Responsable tratamiento datos: Dirk Engelmann, ENRUTA.EU, Calle Francisco de Goya, 18 28810 Los Hueros / MADRID
19.1. Captación y tratamiento de imágenes con finalidad de promoción turística
El concepto de dato personal incluye las imágenes cuando se refieran a personas identificadas o identificables. Por ello, los principios vigentes en materia de protección de datos personales deben aplicarse al uso de cámaras, videocámaras y a cualquier medio técnico análogo, que capte y/o registre imágenes durante el viaje. La difusión de imágenes tendrá finalidad promocional refiriéndose bien al ámbito corporativo, bien a los lugares de interés turístico del viaje realizado.
El cliente manifiesta su consentimiento para la captación de las imágenes que durante el viaje el/la guía, otros miembros de la organización o los propios clientes puedan tomar del grupo autorizando a la agencia para su publicación en los medios que estime oportunos con la finalidad anteriormente descrita. Asimismo, ENRUTA.EU informa a los usuarios que podrán ejercer sus derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición según lo previsto en la (LOPD) y resto de normativas por medio de comunicación expresa a la empresa.
Únicamente cuando la captación y emisión de las imágenes no afecte a personas identificadas o identificables resultará excluida la aplicación de la LOPD.

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